sábado, 12 de abril de 2014

BIOGAFIA ALEJANDRO SEVERO




En vida del emperador romano Alejandro Severo (222-235), junto al Consejo de Regencia, conservó en calidad de Consejo íntimo, el Consejo Jurídico Imperial, con 70 miembros, 20 de los cuales eran juriconsultos de profesión y se trataba de una especie de Consejo de Estado y Tribunal Supremo, que asesoraba al emperador, en la redacción y publicación de los decretos referentes a la legislación o materias legislátivas (D. Ulpiano, J.Paulo, ..ect).
Se intento con este Consejo, atacar, corregir, extirpar males que se habían multiplicado "hasta el infinito" en la organización y administración del Imperio Romano pero que estaban tan arraigados que era imposible desarraigarlos, sin herir intereses y crear al nuevo gobierno otros tantos adversarios y para aminorar los terribles males que engendraba la llaga más enconada del Imperio Romano, la Hacienda, cortó la gravosa práctica de adquirir exclusivamente en oro en los pagos de los impuestos y aumentó la aleación , acuñando más cobre (este aumentó de la aleación y acuñación de más cobre, fue debida porque en la acuñación de la moneda de plata no se mejoró la baja ley introducida por un emperador anterior, Caracalla), con reducción de gastos y se consiguió hacer más llevadera la carga tributaria, suprimiéndose impuestos muy gravosos y poco productivos y reemplazándolos por otros más racionales.
También comprendieron, que para establecer un gobierno formal, tras la muerte del nefasto emperador anterior Heliogábalo, era necesario el consurso del Senado de Roma y quedaron desechos todos los esfuerzos y hábiles combinaciones de otro emperador anterior, S.Severo, para fundar un régimen absoluto apoyado en el ejército (El encargo de restablecer la diarquía de Augusto basado en 2 poderes, el legislativo la Administración y el Ejecutivo el poder militar, se deben a la madre, Julia, y a la abuela, Julia Mamea, de Severo, ya que este solo contaba con 14 años cuando llegó al trono imperial)
Este Consejo se caraterizó por sus reformas, a las que se prestó gozoso el emperador, como las siguientes:
·         Fue suprimida toda la organización Oriental de la Corte, con su numeroso personal
·         Se abolió la adoración del dios-sol, "Hehog"
·         Se restableció el anterior culto romano
·         El Senado de Roma recobró antiguos privilegios y atribuciones que había tenido con el emperador Marco Aurelio y de hacer juzgar a los senadores por un Tribunal compuesto de personas de su misma clase
·         Proyectaron restablecer la constitución de Augusto, dando más atribuciones al Senado y al Consejo de Estado, presidido por Ulpiano, con otros juristas notorios y con J.Paulo como "magister memoriae" o jefe de despacho del gabinete particular del emperador
·         Hizo depender de los votos del Senado de Roma, el nombramiento de nuevos senadores
·         Se deslindó con precisión las facultades del "Erario del Fisco" (Hacienda)
·         Se devolvió a los senadores el derecho al cargo de "prefecto de la Guardia Pretoriana" y al Senado de Roma el derecho de proponer el candidato a prefecto de dicha Guardia
·         Se reorganizó la Institución Alimenticia que se había extendido por muchas Provincias por fundaciones particulares en el transcurso del tiempo y que desde el reinado de S.Severo, estaba bajo la inspección de los gobernadores generales de las Provincias respectivas
·         Restablecerse en todos los ramos del gobierno, el órden y la administración civil, con un buen uso de la Hacienda y dictarse las disposiciones necesarias para fomentar la prosperidad material
·         Cortar radicalmente los abusos y la insolencia, ya arraigada, en el ejército romano
·         Administrar las Provincias directamente desde el centro del Imperio Romano, novedad que fue la inevitable consecuencia de la generalización de la "ciudadanía romana" otorgada por un emperador anterior, Caracalla, y de la creciente romanización de las Provincias y del aumento de nivel de instrucción y práctica del personal administrativo
·         La de separar en las Provincias dependientes directamente del emperador, la administración civil de la militar y reducir el poder excesivo y peligroso de los gobernadores generales de las Provincias
·         Fortificar moralmente las Provincias Fronterizas, para hacerlas resistir con más entusiasmo y energía a las "Tribus Bárbaras", que pugnaban cada vez con más cuidado y más fuerza atravesar la frontera y extenderse por las Provincias Romanas
·         Deslindar las atribuciones del presidente de la Administración Civil de las de "dux" o capitán general, que a veces tenía bajo su mando varios cuerpos de ejército, correspondientes a diferentes Provincias

·         Rebajas y exenciones de cargas en Roma, abastecimiento de la población, hacer frecuentes y abundantes donaciones de dinero y realizar importantes Obras Públicas, como acueductos, ensanchando para el uso del pueblo las termas, edificando más baños públicos y la construcción de varios Palacios

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